La mayoría de personas cree que una deuda es eterna.
Los bancos viven de que creas eso.
Pero el Derecho ecuatoriano es claro en algo fundamental:
Las deudas no duran para siempre.
Si el acreedor no actúa a tiempo, pierde su derecho a cobrar.
Eso se llama prescripción.
Y bien utilizada, es una de las herramientas más poderosas en la defensa del deudor.
La prescripción de deudas es la extinción del derecho del acreedor a exigir el pago,
cuando deja pasar el tiempo que la ley establece sin ejercer acciones legales válidas.
Importante, y aquí empieza la diferencia entre información y defensa:
👉 La deuda no desaparece sola.
Debe alegarse, probarse y declararse correctamente.
Quien no lo hace a tiempo, pierde la oportunidad.
La prescripción no existe para premiar al deudor.
Existe para castigar al acreedor que duerme.
El mensaje legal es contundente:
si no demandas,
si no ejecutas,
si no actúas conforme a la ley,
👉 pierdes el derecho.
Por eso, muchos casos de sobreendeudamiento se sostienen artificialmente sobre deudas que ya podrían estar prescritas, pero nadie las revisó.
Esta es una de las búsquedas más frecuentes:
¿cuándo prescribe una deuda?
La respuesta correcta es siempre la misma:
Depende del tipo de obligación y de lo que haya hecho el acreedor.
En términos generales:
no todas las deudas prescriben igual,
no todo reclamo interrumpe la prescripción,
no toda amenaza vale como acción legal.
👉 Un simple correo, una llamada o un mensaje de cobranza NO detienen la prescripción.
En la práctica, vemos todos los días este escenario:
la deuda tiene años,
el banco no demandó,
pero el deudor sigue pagando “por miedo”.
Ese miedo es el mejor aliado del acreedor.
La prescripción de deudas bancarias exige revisar:
contratos,
fechas,
interrupciones reales,
procesos judiciales válidos.
Aquí no hay fórmulas mágicas.
Hay estrategia jurídica.
Cuando una deuda está prescrita:
el acreedor ya no puede exigir judicialmente el pago,
cualquier demanda puede ser rechazada,
cualquier coactiva puede ser opuesta,
cualquier presión extrajudicial pierde fuerza.
Pero atención:
Si pagas voluntariamente una deuda prescrita,
revives lo que ya estaba muerto.
Ese es uno de los errores más graves que vemos en personas sobreendeudadas.
Muchos casos de sobreendeudamiento financiero se sostienen por años porque:
el deudor no revisó la prescripción,
el acreedor juega al desgaste,
nadie hizo una auditoría legal.
👉 Antes de hablar de refinanciar,
👉 antes de pensar en insolvencia,
la prescripción debe analizarse primero.
En COBRAPOCO es una regla básica:
“Ninguna deuda se paga sin revisar si aún puede cobrarse.”
No son excluyentes.
Son herramientas distintas.
Prescripción: cuando el acreedor dejó pasar el tiempo.
Insolvencia: cuando la carga global ya es insostenible.
Un abogado litigante no elige por ideología,
elige por eficacia.
La ley no protege al que se queda quieto.
La prescripción:
se alega,
se prueba,
se declara.
Mal planteada, se pierde.
Bien trabajada, destruye la acción del acreedor.
No todas las deudas deben pagarse.
Algunas deben defenderse.
Otras, simplemente, dejar que mueran legalmente.
La prescripción no es un truco.
Es Derecho puro.
Si tienes deudas antiguas, procesos dormidos o cobros insistentes:
👉 Consulta con un abogado en defensa del deudor
👉 Revisa si tu deuda ya está prescrita antes de pagar un dólar más