Para que un embargo sea legal, deben concurrir todas estas condiciones:
β Existencia de un tΓtulo vΓ‘lido
β Inicio regular del procedimiento coactivo
β NotificaciΓ³n legal al coactivado
β MotivaciΓ³n expresa de la medida
β Proporcionalidad entre deuda y bien embargado
π La ausencia de uno solo de estos elementos vuelve el embargo impugnable.
En la realidad administrativa, es frecuente encontrar:
Embargos sin notificaciΓ³n previa
Embargos sobre cuentas sueldo
Embargos totales cuando bastaba uno parcial
Embargos mantenidos pese a pagos o acuerdos
Embargos sin acto administrativo motivado
π΄ Estas prΓ‘cticas vulneran el debido proceso y habilitan acciones inmediatas de defensa.
El embargo en juicio coactivo no es automΓ‘tico ni ilimitado, aunque en la prΓ‘ctica la AdministraciΓ³n lo trate como tal.
No todo salario es embargable.
En juicio coactivo, rigen lΓmites constitucionales y legales:
β El salario bΓ‘sico es inembargable
β Solo el excedente puede ser afectado
β El embargo debe ser proporcional
β Debe existir acto motivado especΓfico
π Muchos embargos de sueldo son ilegales por exceder estos lΓmites o por falta de motivaciΓ³n.
La AdministraciΓ³n suele ordenar embargos de cuentas bancarias de forma automΓ‘tica, pero esto no elimina su obligaciΓ³n de notificar.
Un embargo bancario es impugnable cuando:
La notificaciΓ³n fue defectuosa
El coactivado no tuvo oportunidad de defensa
Se afectaron fondos inembargables
La deuda ya estaba prescrita o discutida
βοΈ En estos casos, el embargo puede levantarse judicialmente.
Uno de los puntos mΓ‘s dΓ©biles del procedimiento es este:
π No todo embargo es proporcional a la deuda.
Embargar:
β un inmueble por una deuda menor
β varias cuentas por una sola obligaciΓ³n
β bienes indispensables para subsistencia
viola el principio de proporcionalidad y abre la puerta a:
Incidentes de nulidad
Excepciones en juicio ordinario
Acciones constitucionales
La prescripciΓ³n en juicio coactivo no se declara de oficio.
Por eso ocurre con frecuencia que:
β La deuda ya prescribiΓ³
β El embargo sigue vigente
π Si la prescripciΓ³n es alegada correctamente, el embargo pierde sustento jurΓdico y debe levantarse.
Dependiendo del caso, el embargo puede atacarse por varias vΓas:
Excepciones en juicio ordinario
Incidente de nulidad del procedimiento
ImpugnaciΓ³n del acto administrativo
AcciΓ³n constitucional (cuando hay derechos vulnerados)
NegociaciΓ³n tΓ©cnica con sustento legal
π― La clave no es resistir el embargo, sino atacarlo jurΓdicamente.
En coactiva, la inacciΓ³n juega a favor de la AdministraciΓ³n.
π₯ Si no se actΓΊa β el embargo se mantiene
π₯ Si se actΓΊa mal β el embargo se consolida
π© Si se actΓΊa tΓ©cnicamente β el embargo puede levantarse o limitarse
Analizamos legalidad, notificaciΓ³n y proporcionalidad del embargo antes de que cause mΓ‘s daΓ±o.Β