Para que un embargo sea legal, deben concurrir todas estas condiciones:
✔ Existencia de un título válido
✔ Inicio regular del procedimiento coactivo
✔ Notificación legal al coactivado
✔ Motivación expresa de la medida
✔ Proporcionalidad entre deuda y bien embargado
📌 La ausencia de uno solo de estos elementos vuelve el embargo impugnable.
En la realidad administrativa, es frecuente encontrar:
Embargos sin notificación previa
Embargos sobre cuentas sueldo
Embargos totales cuando bastaba uno parcial
Embargos mantenidos pese a pagos o acuerdos
Embargos sin acto administrativo motivado
🔴 Estas prácticas vulneran el debido proceso y habilitan acciones inmediatas de defensa.
El embargo en juicio coactivo no es automático ni ilimitado, aunque en la práctica la Administración lo trate como tal.
No todo salario es embargable.
En juicio coactivo, rigen límites constitucionales y legales:
✔ El salario básico es inembargable
✔ Solo el excedente puede ser afectado
✔ El embargo debe ser proporcional
✔ Debe existir acto motivado específico
📌 Muchos embargos de sueldo son ilegales por exceder estos límites o por falta de motivación.
La Administración suele ordenar embargos de cuentas bancarias de forma automática, pero esto no elimina su obligación de notificar.
Un embargo bancario es impugnable cuando:
La notificación fue defectuosa
El coactivado no tuvo oportunidad de defensa
Se afectaron fondos inembargables
La deuda ya estaba prescrita o discutida
⚖️ En estos casos, el embargo puede levantarse judicialmente.
Uno de los puntos más débiles del procedimiento es este:
👉 No todo embargo es proporcional a la deuda.
Embargar:
❌ un inmueble por una deuda menor
❌ varias cuentas por una sola obligación
❌ bienes indispensables para subsistencia
viola el principio de proporcionalidad y abre la puerta a:
Incidentes de nulidad
Excepciones en juicio ordinario
Acciones constitucionales
La prescripción en juicio coactivo no se declara de oficio.
Por eso ocurre con frecuencia que:
✔ La deuda ya prescribió
❌ El embargo sigue vigente
📌 Si la prescripción es alegada correctamente, el embargo pierde sustento jurídico y debe levantarse.
Dependiendo del caso, el embargo puede atacarse por varias vías:
Excepciones en juicio ordinario
Incidente de nulidad del procedimiento
Impugnación del acto administrativo
Acción constitucional (cuando hay derechos vulnerados)
Negociación técnica con sustento legal
🎯 La clave no es resistir el embargo, sino atacarlo jurídicamente.
En coactiva, la inacción juega a favor de la Administración.
🟥 Si no se actúa → el embargo se mantiene
🟥 Si se actúa mal → el embargo se consolida
🟩 Si se actúa técnicamente → el embargo puede levantarse o limitarse
Analizamos legalidad, notificación y proporcionalidad del embargo antes de que cause más daño.