En el mundo digital actual, la información se propaga rápidamente y puede dejar huellas imborrables. Si has estado involucrado en un proceso judicial o una denuncia, incluso si el caso fue archivado o resultaste absuelto, tu nombre podría permanecer visible en el Sistema Automatizado de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE) o en el sistema de denuncias de la Fiscalía. Esta información pública puede afectar tu reputación online, con consecuencias negativas en tu vida personal y profesional.
Afortunadamente, la Resolución 043-2024 del Consejo de la Judicatura ofrece una solución: la ocultación de nombres. Este procedimiento permite eliminar tu información de los sistemas judiciales y de la Fiscalía, protegiendo tu privacidad y tu reputación.
Tu reputación online es tu carta de presentación en el mundo digital. Un registro en el SATJE o en la Fiscalía, aunque no implique culpabilidad, puede generar desconfianza y afectar tu imagen ante posibles empleadores, instituciones financieras e incluso en tus relaciones personales. La ocultación de nombres te brinda la oportunidad de limpiar tu historial y tener un nuevo comienzo.
La ocultación de nombres procede en las siguientes circunstancias:
Archivo del proceso: El caso ha sido archivado, sobreseído o concluido con una sentencia absolutoria o conciliación cumplida.
Sentencia condenatoria cumplida: Has cumplido la pena impuesta en una sentencia condenatoria.
Prescripción de la acción penal: Ha transcurrido el tiempo límite para iniciar una acción penal.
Ratificación de inocencia: Has sido declarado inocente.
Para solicitar la ocultación de nombres, debes presentar una petición ante la autoridad competente, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Resolución 043-2024.
A pesar de que tenemos en Ecuador la legislación desarrollada por completo para proteger el buen nombre de las personas, y muy a pesar de que el Resolución 043-2024 del Consejo de la Judicatura fue diseñada para proteger de los antecedentes judiciales innecesarios toda vez que los procesos ya cumplieron con su objetivo, por ejemplo se absolvió al procesado, o éste pagó la deuda, o transó y ya no tiene razón de estar ahí a la vista de todos el expediente, advierto de jueces ignorantes que estiman que dicha exposición no afecta a dicho ex procesado. Que lo afecta sí, es de sentido común, el juez se suponde que conoce el medio y sabe que muchas personas para negociar la compra o venta de algo registran los procesos que se han dado en la Función Judicial. Lamentablemente contra ésta ignorancia no hay remedio en muchos casos por cuanto el auto en que éste juez ignorante niega la petición de ocultación de nombres y datos, no hay apelación. Y no hay sanción administrativa por cuanto al fin y al cabo es una desición judicial independiente. Es que en éste país, a pesar de preveerlo la Ley Orgánica de la Función Judicial, no hay exámenes periódicos para erradicar a los jueces ignorantes.
COBRAPOCO: Expertos en Protección de la Reputación Online
En COBRAPOCO, entendemos la importancia de tu reputación online. Nuestros abogados expertos en deudas te guiarán en el proceso de solicitud de ocultación de nombres, asegurando que se cumplan todos los requisitos y que tus derechos sean protegidos.
Recuerda: La ocultación de nombres no es un privilegio, es un derecho que te asiste. No dudes en ejercerlo para proteger tu privacidad y tu futuro.
Para facilitarles la vida a nuestros colegas abogados, adjunto un formato con el cual suelo solicitar la ocultacion de nombres de mis clientes.
Por el camino del derecho,
Por: Efraín Chávez Mora
DIRECTOR DE COBRAPOCO
- - - - - - - - - - - - - - - - -
SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON ASIENTO EN EL CANTÓN MACHALA.-
Nosotros, _______________________________, y _______________________________, identificados con cédula de ciudadanía No. _______________ y _______________, respectivamente, en calidad de parte procesal dentro del expediente No. _______________, ante usted, respetuosamente comparecemos, exponemos y solicitamos como sigue:
ANTECEDENTES:
Dentro del presente proceso el señor juez ha dispuesto el archivo de la demanda en providencia emitida el _______________, ésto por cuanto _______________________________.
Sin embargo, el acceso a la información contenida en el expediente, específicamente los datos personales de los suscritos comparecientes siguen siendo públicos en el sistema SATJE, por lo cual se está vulnerando nuestros derechos de privacidad y protección de datos personales.
Conforme a lo dispuesto en el Art. 92 de la Constitución de la República del Ecuador , toda persona tiene derecho al habeas data, esto es, a solicitar la rectificación, actualización, eliminación y confidencialidad de la información personal cuando así lo considere.
Asimismo, el Art. 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales garantiza la protección de los datos personales sensibles y prohíbe su divulgación o uso indebido sin el consentimiento expreso del titular de los datos.
La Resolución No. 043-2024 del Pleno del Consejo de la Judicatura , que dicta el Reglamento para el Tratamiento de Datos Personales dentro de Procesos Judiciales, establece claramente los mecanismos y procedimientos para la confidencialidad y tratamiento adecuado de los datos personales dentro de los procesos judiciales, y más concretamente que el juez de la causa ordene al actuario la ocultación de los datos para lo cual éste último debe acceder al sistema SATJE para suprimir u ocultar los datos.
FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD:
Con base en el artículo 236 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en el que se dispuso el archivo del proceso por _______________, solicitamos la ocultación de los datos personales relacionados con dicho proceso, por cuanto, al encontrarse archivado, los fines para los cuales fueron recogidos los datos han sido cumplidos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales , los datos personales deben suprimirse cuando:
El tratamiento no sea necesario o pertinente para el cumplimiento de la finalidad.
Los datos personales hayan cumplido con la finalidad para la cual fueron recogidos o tratados (Ley Orgánica de Protección de Datos Personales).
Al haberse ordenado el archivo del proceso mediante auto interlocutorio, la información personal contenida en el expediente ya no es requerida para la finalidad original.
Esto se alinea con los principios de pertinencia, minimización y proporcionalidad de los datos personales , establecidos en el artículo 10 de la Ley, que garantizan que los datos solo se usen cuando sea estrictamente necesarios.
Por su parte, el artículo 5 del Reglamento para el Tratamiento de Datos Personales dentro de Procesos Judiciales establece que los jueces están facultados para disponer el ocultamiento de datos personales en los procesos judiciales, a fin de garantizar el derecho a la protección de datos de las partes procesales.
Asimismo, en el artículo 7 del Reglamento, se prevé que los juzgadores deben ordenar el ocultamiento de los datos en los procesos archivados.
PETICIÓN
En virtud de lo anterior, solicito a su autoridad que:
Se disponga al actuario de su despacho el ocultamiento de nuestros datos personales relacionados con el expediente judicial No. _______________.
Se proceda a hacer efectiva la ocultación de nuestros datos personales en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (SATJE).
Notificaciones que nos correspondan las recibiremos en los correo electrónicos: _______________
Adjuntamos copia de cédula de identidad, credencial de votación y credencial de abogado.
Autorizamos al abogado que suscribe con nosotros para que nos patrocine en la presente petición, por lo que podrá suscribir con su sola firma escritos necesarios en la presente solicitud.
Dignese proveer.
Abg. ...............
Registro en el Foro: _______________