Si te llaman todos los días.
Si te escriben por WhatsApp a cualquier hora.
Si amenazan con embargos inmediatos.
Si llaman a tu familia o a tu trabajo.
👉 No es “gestión de cobro”. Es cobranza abusiva.
Y en Ecuador, el acoso y hostigamiento por deudas no es legal.
Existe cobranza abusiva cuando el acreedor, el banco o una empresa de cobranza utiliza presión, intimidación o hostigamiento para forzar el pago de una deuda.
No importa si la deuda existe.
No importa si estás atrasado.
👉 El derecho a cobrar no autoriza a acosar.
La cobranza se vuelve abusiva cuando hay:
acoso por cobranza,
hostigamiento de cobranza,
hostigamiento al deudor,
intimidación reiterada,
amenazas sin sustento legal.
El acoso y hostigamiento por deudas ocurre cuando el cobro deja de ser informativo y se convierte en una forma de presión psicológica.
Son prácticas frecuentes de hostigamiento de cobradores:
llamadas insistentes varias veces al día,
mensajes repetitivos por WhatsApp o SMS,
lenguaje agresivo o intimidante,
presión constante para “pagar hoy mismo”,
difusión del problema a terceros.
👉 Este tipo de hostigamiento por cobranza no es legal, aunque la deuda sea real.
El acoso de cobranzas por teléfono es una de las formas más comunes de cobranza abusiva.
Aquí van respuestas claras a las preguntas más buscadas en Google:
👉 Únicamente de lunes a viernes, entre las 08h00 y las 20h00.
Fuera de ese horario, el contacto constituye hostigamiento telefónico por cobranza.
👉 No, cuando las llamadas son reiteradas y buscan intimidar, existe hostigamiento de llamadas de cobranza.
👉 Sí, solo de forma razonable.
Cuando hay insistencia, presión o amenazas, se configura acoso cobranza telefónica.
👉 Rotundamente NO.
Llamar a terceros constituye acoso y hostigamiento por deudas.
Una amenaza de embargo por deuda es una de las tácticas más usadas para generar miedo.
Es importante que lo sepas:
No todo embargo es inmediato.
No todo acreedor puede embargar.
No toda deuda permite embargo automático.
👉 Amenazar con embargos inexistentes o inmediatos es cobranza abusiva.
El embargo solo procede:
mediante proceso judicial,
con orden legal,
respetando bienes protegidos.
Todo lo demás es intimidación ilegal.
Sí.
Y no solo se puede: se debe, cuando el acoso persiste.
En Ecuador es posible:
presentar denuncia por acoso de cobradores,
denunciar acoso de cobranza ante autoridades,
iniciar una demanda por hostigamiento de cobranza,
reportar acoso de cobranza a la Superintendencia.
👉 La cobranza abusiva genera responsabilidad legal.
Si estás pensando en una demanda por acoso cobranza, empieza hoy mismo a documentar.
Guarda y conserva:
capturas de pantalla de WhatsApp,
mensajes de texto intimidantes,
grabación de llamadas de cobranza,
registro de llamadas en horarios prohibidos,
nombres de agentes o empresas,
mensajes con amenazas de embargo.
👉 Sin prueba no hay defensa sólida. Con prueba, la balanza cambia.
Sí.
Muchas personas preguntan:
¿Se puede demandar a un banco por hostigamiento?
¿Se puede demandar a una empresa de cobranza por hostigamiento?
La respuesta es clara: sí, cuando hay acoso o hostigamiento por cobranza.
Esto aplica frente a:
bancos,
cooperativas,
empresas de cobranza externa.
Las búsquedas más frecuentes incluyen:
acoso de cobranza Banco Pichincha,
hostigamiento de cobranza Banco Guayaquil,
acoso cobranzas Produbanco,
hostigamiento por cobro de cooperativas.
👉 El tamaño del acreedor no elimina su responsabilidad legal.
No existe una ley con ese nombre exacto, pero sí existe protección legal clara.
La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor (LODC), junto con resoluciones de la Junta de Política y Regulación Financiera, prohíbe:
llamar fuera de horarios permitidos,
contactar a familiares o terceros,
usar intimidación o engaño,
generar presión indebida.
👉 Cuando se vulneran estos límites, hay hostigamiento en cobranza y se activa la defensa legal.
En la práctica, la cobranza abusiva suele ser consecuencia de:
sobreendeudamiento,
deudas antiguas,
intereses acumulados,
refinanciaciones fallidas.
prescripción de deudas,
defensa frente a embargos,
insolvencia de persona natural,
sobreendeudamiento pasivo.
👉 El acoso no se combate solo bloqueando números.
👉 Se enfrenta con estrategia legal.
No estás fallando.
Te están presionando.
El sistema financiero cobra sin piedad,
pero el Derecho existe para poner límites.
Si enfrentas:
acoso por cobranza,
hostigamiento por deudas,
amenazas de embargo,
presión constante de cobradores,
👉 No aguantes más. Defiéndete.